Actualización del RUT de Facturadores Electrónicos en Colombia
Por considerarlo de su interés, les recordamos que por medio de comunicado emitido el 5 de agosto de 2018 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa a todos los contribuyentes obligados a facturar de forma electrónica que la solicitud de actualización de Registro Único Tributario (RUT) asociada a la responsabilidad 37 (Obligado a facturar electrónicamente), debe ser requerida por el contribuyente mediante comunicación suscrita por el representante legal de cada empresa, enviada al buzón de correo: Sd_fistrib_facturaelectronica@dian.gov.co.
Es importante tener en cuenta que, en virtud de lo señalado en la comunicación, la DIAN aclara que la actualización del RUT ya no será realizada de oficio como lo señaló el pasado 10 de julio, sino que una vez el contribuyente haya sido habilitado como facturador su representante legal mediante correo electrónico, deberá solicitar a la DIAN la actualización del RUT.
Cualquier inquietud o comentarios sobre el particular con gusto será atendida.
Information contained in this alert is for the general education and knowledge of our readers. It is not designed to be, and should not be used as, the sole source of information when analyzing and resolving a legal problem. Moreover, the laws of each jurisdiction are different and are constantly changing. If you have specific questions regarding a particular fact situation, we urge you to consult competent legal counsel.