Suspenden términos en actuaciones de Direcciones Distritales de Impuestos y de Cobro de Bogotá
El 24 de marzo de 2020, la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá D.C. ("SHD") expidió la Resolución No. SDH-000177, "por la cual se suspenden términos en los procesos que adelantan la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y la Dirección Distrital de Cobro de la Secretaría de Hacienda y se toman otras medidas."
Considerando la coyuntura actual que se vive en el país por el coronavirus COVID-19, la SHD decidió suspender desde el 20 de marzo hasta el 4 de mayo de 2020, inclusive, los términos previstos dentro de los procesos administrativos llevados por la Secretaría Distrital de Hacienda. En específico, se trata de los procesos de gestión, fiscalización, determinación, discusión, devolución, cobro de obligaciones tributarias, cobro de obligaciones no tributarias y depuración de cartera. Lo anterior aplica igualmente para los derechos de petición presentados dentro de estos procesos.
Esta suspensión no aplica para los plazos de declaración y pago de los impuestos distritales, ni para la causación de intereses tributarios, de las obligaciones no tributarias, ni tampoco para la liquidación de las sanciones y corrección de las declaraciones.
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