2 de abril de 2020

Conozca cómo opera el mecanismo de protección al cesante

Holland & Knight Alert

El mecanismo de protección al cesante es una de las alternativas que el Ministerio del Trabajo ha flexibilizado mientras permanezcan los hechos que dieron lugar a la emergencia económica, social y ecológica, para ampliar su cobertura a los trabajadores, dependientes o independientes, cuya fuente de empleo ha finalizado.

Una vez superada la coyuntura, sugerimos a los empleadores capacitar e informar a sus trabajadores sobre la operación del mecanismo de protección al cesante, puesto que es un medio para obtener ingresos tras perder el empleo que pocos trabajadores conocen, por lo que no acceden a sus beneficios.

A continuación encuentran la operación general para la entrega de los beneficios durante el estado de emergencia económica, social y ecológica:

¿Cuáles son los beneficios?

a) Aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (“SMLMV”).

b) Acceso a la cuota monetaria del subsidio familiar en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicable al Sistema de Subsidio Familiar.

c) Una transferencia económica para cubrir los gastos, de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario, por un valor de dos (2) SMLMV, divididos en tres mensualidades iguales.

¿A quiénes aplica?

a) Trabajadores dependientes o independientes que estén cesantes y sean cotizantes en categoría A y B.

  • Categoría A: trabajadores cuyo salario básico es de hasta de dos (2) SMLMV, esto es, $1.775.606.
  • Categoría B: trabajadores cuyo salario básico está entre dos (2) y cuatro (4) SMLMV, esto es, desde $1.775.607 hasta $3.551.212.

b) Las personas cesantes que estén dentro de los rangos mencionados no pueden estar recibiendo pensión de vejez, invalidez o de sobrevivientes.

¿Cuáles son los requisitos?

a) Haber realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar (“CCF”) durante un año continuo o discontinuo en el transcurso de los últimos cinco años.

En el caso de trabajadores dependientes, los empleadores deben haber hecho estos aportes durante la relación laboral. Los trabajadores independientes al ser aportantes voluntarios, deben haber los aportes directamente.

Los aportes realizados ante varias CCF durante los últimos cinco años, son acumulables. La última CCF debe validar ante las diferentes CCF los aportes realizados.

b) Entregar a la CCF una certificación que evidencie la terminación del contrato de trabajo, si son dependientes. Los trabajadores independientes deben entregar una certificación de cese de ingresos o de terminación del contrato de prestación de servicios

Los empleadores o contratantes deben entregar estas certificaciones a sus trabajadores o contratistas.

c) Trabajadores deben diligenciar de manera electrónica el Formulario único de Postulación al Mecanismo de Protección al Cesante que debe estar disponible en la página web de la última CCF a la cual estuvieron afiliados.

Las CCF deben implementar mecanismos virtuales y asesoría telefónica para atender a la ciudadanía de manera oportuna.

¿Puedo perder el reconocimiento de los beneficios?

Si, si se presenta alguna de las siguientes situaciones respecto del beneficiario:

  • Reconocimiento de la pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
  • Si obtienen una fuente formal directa de ingresos o realizan una actividad formal remunerada.

El beneficiario tiene la obligación de informar a la CCF esta novedad. Si no lo hace, pierde el beneficio y debe devolver lo pagado de manera indebida.

  • Si renuncian a los beneficios.
  • Si rechazan, sin causa justificada, una oferta laboral que le ofrezca el Servicio Público de Empleo.

Al respecto, además de los beneficios económicos mencionados, como parte del Mecanismo de Protección al Cesante, el Servicio Público de Empleo tiene a su cargo gestionar posibles ofertas de empleo para el beneficiario.

  • Si el aspirante se postula ante más de una CCF para acceder a los beneficios.
  • Si el aspirante obtiene los beneficios a través de engaño o simulación.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte al autor o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


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