11 de septiembre de 2023

Paquete económico para el ejercicio fiscal 2024 en México

Holland & Knight Alert
Rodolfo Rueda | Jose Ricardo Ibarra Cordova | Eugenio Grageda | Maite Laris

Dr. Rogelio Ramírez de la O, Secretario de Hacienda y Crédito Público de México, el 8 de septiembre de 2023, presentó ante la Cámara de Diputados el Paquete Económico para el 2024 (PE 2024), mismo que no contempla aumentos, ni nuevos impuestos. Ver paquete económico para más información.

Para el ejercicio fiscal 2024, se presupuestan ingresos por 7,329 mil millones de pesos, mayores en 58 mil millones de pesos con respecto al cierre estimado para 2023, lo que representa una variación real de 0.8 por ciento.

Para 2024, la política de gasto prioriza la inversión social, la conclusión de proyectos de inversión física, así como el fortalecimiento de los rubros de salud, seguridad y educación.

Durante la presente administración no se ha propuesto la creación de impuestos nuevos, o se han aumentado las tasas de los existentes, por lo que el fortalecimiento de los ingresos tributarios se ha basado en un conjunto de medidas tributarias que ha permitido cerrar espacios para prácticas de evasión y elusión fiscales y aumentar la eficiencia recaudatoria.

El PE 2024 contempla: 1) los Criterios Generales de Política Económica; 2) la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación; 3) el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación; y 4) la Iniciativa que reforma y adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

Los criterios generales de política económica, contemplan las siguientes variables macroeconómicas para 2024:

  • rango de crecimiento económico de: 2.5 por ciento a 3.5 por ciento
  • inflación promedio: 4.5 por ciento
  • tasa de interés nominal promedio: 10.3 por ciento
  • tipo de cambio promedio (peso ­– dólar): 17.1
  • precio promedio del barril de petróleo: 56.7 dls/barril

Contenido del Proyecto de Egresos de la Federación para el 2024

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Energía

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Energía: Organismos Públicos Descentralizados

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Empresas productivas del Estado

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Participaciones a Entidades Federativas y Municipios

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Contenido de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos

Servicios aduaneros

  • Se propone establecer el pago de cuotas a la importación y exportación de mercancías con base en ruta especifica o fija en las operaciones aduaneras, cuando en los tratados internacionales se excluya el cobro sobre el valor de las mercancías.

Uso, goce o aprovechamiento de aguas nacionales

  • Se modifica el concepto de trasvase como el uso o aprovechamiento de aguas nacionales conducidas de una cuenca hidrológica a otra mediante obras de infraestructura hidráulica. Por esta razón, se suprime el cobro por trasvase, cuando se derive de la conexión natural entre cuencas, ajenas a obras de infraestructura hidráulica.

Cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales

  • Se modifican diversas disposiciones para homologar las correcciones realizadas por la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, dentro de las cuales resaltan:
    • Se modifica el pleonasmo "límites máximos" por "límites".
    • Se precisa que en el supuesto de que el contribuyente no separe en la descarga de agua residual, el agua que no tiene ese carácter, toda la descarga será considerada de agua residual.
    • Se incorpora el parámetro de "carbono orgánico total", como nuevo indicador para obtener las concentraciones de contaminantes de la descarga, expresadas en miligramos por litro, mediante el muestreo y análisis.
    • Se señala que los límites permisibles correspondientes a color verdadero y toxicidad aguda, entrarán en vigor el 11 de marzo de 2026.
    • Se establece que las personas usuarias cuyas descargas de aguas residuales contengan contaminantes que rebase los límites permisibles, pueden acceder al beneficio de exención, siempre y cuando hayan presentado ante la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) un programa para el cumplimiento, con el propósito de mejorar la calidad de sus descargas de aguas residuales y evitar que rebasen los límites permisibles para contaminantes básicos previstas en las tablas correspondientes.

Por último, la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación, contempla que durante el ejercicio fiscal 2024, la tasa de retención anual de la Ley del Impuesto Sobre la Renta será de 1.48 por ciento.

Ruta legislativa a seguir del PE 2024

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El Presupuesto de Egresos de la Federación deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a más tardar 20 días después de su aprobación.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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