19 de enero de 2024

Convoca Panamá licitación de largo plazo para energías renovables

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Rodolfo Rueda | Mariana Salinas

Se publicó el 15 de enero de 2024, en la Gaceta Oficial de la República de Panamá, la Resolución No. MIPRE-2024-0001384 "Que recomienda adoptar medidas para la contratación de potencia y/o energía para garantizar, en el largo plazo, el suministro de la demanda eléctrica de los clientes finales de las empresas distribuidoras de electricidad" (licitación) emitida por la Secretaría Nacional de Energía de ese país.

Esta licitación, tiene como antecedente el aumento en la demanda de energía eléctrica en Panamá y la necesidad de ampliar la matriz de generación eléctrica para asegurar el suministro requerido a efecto de atender la demanda de los clientes finales. Esta licitación toma mayor relevancia, al ser la primera de largo plazo exclusiva para energías renovables en los últimos 10 años en Panamá.

Contenido de la licitación

  • Objetivo de la licitación: Garantizar el suministro de la demanda eléctrica de los clientes finales de las empresas distribuidoras de electricidad, en el largo plazo, a través de la contratación de potencia y energía.
  • Principales resolutivos:
    • Pliegos para licitación pública: De acuerdo a las propias bases de la licitación referidas, se recomienda a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), la elaboración y presentación de los pliegos necesarios para llevar a cabo una licitación pública.
      • Publicación de pliegos: durante el mes de febrero de 2024
      • Recepción de ofertas: durante el segundo trimestre del año 2024
    • Esquema de contratación:
      • Evaluación técnica/económica: Realizar una evaluación utilizando diversos precios de la oferta virtual que considere las estaciones predominantes en el país (estaciones seca y lluviosa), y con ello determinar si existen beneficios en el volumen de contratación y, si los tuviera, implementar esta medida.
      • Esquema de contratación de potencia firme y de energía:

Renglón de potencia

Renglón de energía

Renglón de potencia firme con energía asociada

Centrales hidroeléctricas existentes con disponibilidad de potencia firme

Centrales de generación renovable, nuevas y existentes

Centrales hidroeléctricas existentes con disponibilidad de potencia firme

Centrales de generación renovable1, nuevas o existentes, con respaldo de sistema de almacenamiento por baterías

 

Centrales de generación renovable, nuevas y existentes, con sistema de almacenamiento por baterías

El esquema para cada uno de los supuestos, deberá contemplar la proporcionalidad necesaria de acuerdo con 1) la disponibilidad y condiciones de los tipos de tecnologías renovables, y 2) el volumen o plazos del requerimiento respectivo.

Máximos para centrales renovables existentes: Hasta un máximo de 40 por ciento del requerimiento del renglón de energía y hasta un máximo de 65 por ciento de los renglones de potencia y de potencia firme con energía asociada2.

  • Fecha de inicio del suministro:
    • Centrales renovales existentes y solares nuevas: 1 de septiembre de 2026
    • Centrales renovables nuevas eólicas o hidroeléctricas: podrá ser hasta el 1 de enero de 2029
  • Duración de los contratos:
    •  A partir de la fecha de inicio del suministro, será de hasta 10 años para los contratos de centrales existentes y de hasta 20 años para los contratos de centrales nuevas.
    • Sin embargo, la fecha máxima de vigencia de todos los contratos surgidos de la licitación será hasta el 31 de agosto de 2046.
  • Regulación – Sistemas de almacenamiento:
    • Se recomienda a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ANSP), el desarrollo de la regulación que permita habilitar los sistemas de almacenamiento por baterías.
  • Ofertas virtuales:
    • Se recomienda a la ANSP realizar los ajustes y mejoras que sean factibles, para la metodología que establece los criterios para la oferta virtual, o en el proceso de elaboración y determinación de las respectivas ofertas virtuales específicas. Lo anterior de acuerdo con las reglas de compra.
  • Entrada en vigor: La resolución comenzará a regir a partir de su promulgación, es decir, a partir del 15 de enero de 2024.

Conclusiones

Esta licitación puede favorecer un mercado más competitivo con la entrada de nuevos actores (nacionales e internacionales), fomentar el desarrollo de infraestructura y garantizar el suministro de energía eléctrica a través de centrales eléctricas renovables, que contribuyen a disminuir el uso de combustibles fósiles y reducir la huella de carbono.

Notas

1 Sistemas de centrales solares, eólicas o hidroeléctricas

2 Esto será gestionado de forma separada del requerimiento para centrales renovables nuevas.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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