26 de febrero de 2026

Constitución de garantías en procesos sancionatorios ambientales

Jose V. Zapata | Maria Camila Aponte | María José Durán

De acuerdo con la Ley 2387 de 2024, que modificó la Ley 1333 de 2009, cuando una empresa se encuentra en causal de disolución, prevé entrar o efectivamente entra en procesos como disolución, fusión, escisión, reorganización, reestructuración, liquidación o insolvencia, tiene dos obligaciones legales:

  • Informar a la autoridad ambiental sobre la disolución, fusión, escisión, reorganización, reestructuración, liquidación o insolvencia.
  • Constituir una garantía que respalde el pago de las obligaciones que puedan derivarse del proceso sancionatorio ambiental en curso

A continuación, presentamos respuestas a los interrogantes más comunes derivados de esta novedad legislativa, especialmente en lo relativo a: 1) los conceptos que debe cubrir la garantía, 2) la evaluación de su suficiencia, y 3) el plazo de vigencia de dicha garantía.

Lea el informe completo »

Related Insights