Fecha límite para reportar reclamos de titulares en el Registro Nacional de Bases de Datos en Colombia
Recuerde que dentro de los quince (15) primeros días hábiles del mes de agosto deberán reportarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aquellos reclamos que hayan sido presentados por los titulares de datos personales durante el primer semestre del año 2019. (Ver alerta de Holland & Knight, "Nuevos Requisitos para el Registro Nacional de Bases de Datos en Colombia," 15 de agosto de 2018.)
A continuación le recordamos las fechas clave del Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD):
- A partir del año 2019, si se presentan reclamos por parte de titulares: aportar esta información dentro de los quince (15) primeros días hábiles de los meses de febrero y agosto
- A partir del año 2020, entre el 2 de enero y el 31 de marzo: Actualización anual de la información registrada en el RNBD
- Dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes: Cuando se presente un cambio sustancial a las bases de datos registradas en el RNBD
Se entiende como cambio sustancial todo aquel que esté relacionado con 1) la finalidad de la base de datos, 2) el Encargado del tratamiento, 3) los canales de atención al titular, 4) la clasificación o los tipos de datos personales que son almacenados, 5) las medidas de seguridad de la información implementadas por la compañía, 6) la Política de Tratamiento y 7) la transferencia y/o transmisión internacional de datos personales.
- Si se presentan incidentes de seguridad: dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al momento en el que el incidente es detectado
Los clientes que necesiten más información pueden contactar a los autores.
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