Holland & Knight representó exitosamente a Tribeca Asset Management en una disputa de USD $500 millones ante la Corte Suprema de Florida
MIAMI (marzo 29 de 2022) – El Tribunal Supremo de Florida falló recientemente a favor del fondo de capital privado colombiano, Tribeca Asset Management, cliente de Holland & Knight, en una disputa de siete años sobre una cláusula contractual de arbitraje. Al anular la opinión del Tribunal de Apelación del Tercer Distrito a favor de Ancla International, S.A., el Tribunal declaró que cuando un contrato es "claro e inequívoco, debe ser aplicado de acuerdo con su lenguaje claro y sencillo".
En 2015, Ancla International alegó que Tribeca violó un acuerdo de confidencialidad (NDA) al robar sus planes para desarrollar un concepto de cerveza artesanal y señaló que la venta de Bogotá Beer Co. a Anheuser-Busch InBev (ABInbev) violaba ese acuerdo. El NDA establecía que el contrato se "regía por las leyes del estado de Florida, jurisdicción aceptada por las partes con independencia de que la actividad principal del proyecto cervecero se desarrollara en Colombia". Tribeca sostuvo que el NDA no proveía la jurisdicción de Florida en un proceso arbitral y que la posición de Ancla carecía de fundamento.
Ancla intentó forzar el arbitraje con Florida como sede, pero un equipo de litigios de Holland & Knight solicitó que se desestimara esa petición, argumentando que el contrato no incluía una cláusula de selección de sede y que los tribunales de Florida no tenían jurisdicción sobre la empresa colombiana. El tribunal de primera instancia dio la razón a Tribeca, pero la orden de desestimación fue revocada por el Tribunal de Apelación del Tercer Distrito de Florida. En una decisión unánime, el Tribunal Supremo de Florida revocó lo definido por el Tercer Distrito y falló finalmente a favor del cliente de Holland & Knight.
En su decisión, el Tribunal concluyó que el Tribunal de Apelación del Tercer Distrito se equivocó al aplicar el estatuto del Código de Arbitraje de Florida como base para la jurisdicción personal porque el acuerdo sólo contenía una disposición de elección de ley y no una cláusula de selección de foro. La socia de la práctica de apelaciones de Holland & Knight, Rebecca Plasencia, explicó que "esta decisión consolida la posición del Tribunal Supremo de Florida de que las disposiciones contractuales que tratan de la elección de la ley, la selección de sede y/o la jurisdicción personal se interpretarán estrictamente, siguiendo el lenguaje claro y sencillo de la disposición. El tribunal no va a leer una renuncia a la jurisdicción o a la sede si no es explícita".
En una entrevista con el Daily Business Review, el socio principal del área de litigios de Holland & Knight, Adolfo Jiménez, dijo que este resultado demuestra la necesidad de tener cuidado al redactar una cláusula de arbitraje, de modo que se especifique la sede del arbitraje y la ley aplicable. "La cláusula de selección de sede y la cláusula de ley aplicable son dos cosas diferentes y deben tratarse por separado", dijo.
El Sr. Jiménez también explicó el impacto más amplio de la decisión para la comunidad mundial del arbitraje. "El fallo demuestra que Miami es un lugar fiable para los arbitrajes en los que los tribunales aplicarán las disposiciones tal y como están escritas", dijo.
El Sr. Jiménez contó con el apoyo de la socia Rebecca Plasencia y la asociada Vanessa López durante toda la representación.