17 de septiembre de 2021

La Suprema Corte revisa los principios de financiamiento público de Estados Mexicanos

Holland & Knight Alert
Alejandro Landa Thierry

El pasado junio de 2021, Mexico tuvo elecciones intermedias a nivel federal (diputados), y a nivel estatal y municipal para diversas entidades (diputados, gobernadores y alcaldes). Las fechas de cambio de la administración varían, y se realizarán a lo largo de este año.

Como lo mandata la ley, las administraciones entrantes realizan auditorías de "transición" para conocer, entre otras cosas, la situación financiera del estado y los municipios. Un aspecto muy revisado es la deuda pública y los proyectos, ya que pueden restringir a la nueva administración para completar sus planes de gobierno.

En una serie de resoluciones recientes de la Suprema Corte de Justicia de México, se revisó la constitucionalidad de los principios de deuda pública para los estados y municipios. Esta resolución se relaciona con la estructuración de deudas o contratos actuales, así como los proyectos que usan como fuente de ingreso el alumbrado público. En particular:

  • Los municipios no pueden cobrar derechos de alumbrado público basado en el consumo de energía, tipo de usuario o basado en los datos de las facturas emitidas por la Comisión Federal de Electricidad (CFE). En la mayoría de los casos, estos ingresos son usados como garantía o fuente de pago.
  • Las formalidades legales y constitucionales son requisitos constitucionales para tener una deuda, refinanciamiento o restructura exigible. Por ejemplo, se requieren los quórums de aprobación del congreso estatal o municipal o las fechas límite para presentarse a aprobación.

Estas resoluciones afectan a los estados y municipios involucrados. Sin embargo, las estructuras de deuda pueden estar sujetas al escrutinio constitucional de la Suprema Corte mediante controversias sobre leyes federales, estatales y municipales. Considerando las dinámicas de las nuevas administraciones, se recomienda confirmar que los documentos y contratos de las deudas, financiamientos y restructuras cumplen con los requisitos constitucionales y legales para ser exigibles, con el propósito de preservar las fuentes de ingreso para el beneficio de las entidades y los derechos de los acreedores.


La información establecida en esta alerta es para el conocimiento y la formación general de nuestros lectores. Cabe señalar que no está diseñada para ser la única fuente de información al examinar y resolver un problema legal. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Si tuvieran preguntas específicas sobre una situación de hecho en particular, le instamos a que consulte a un asesor legal competente.


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