24 de abril de 2024

Se modifican temporalmente los aranceles de 544 fracciones arancelarias en México

Holland & Knight Alerts
Turenna Ramirez Ortiz | Uriel Martinez | Cinthia Yohaina Hernández

Fue publicado el 22 de abril de 2024, por parte de la Secretaría de Economía de México, en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación". 

De dicho decreto, cabe destacar los siguientes puntos:

  • Se incrementan de manera temporal los aranceles a la importación de 544 fracciones arancelarias.
  • Los aranceles temporales impuestos oscilan de entre el cinco por ciento y el 50 por ciento.
  • Los principales productos afectados por este decreto son el acero, aluminio, textiles, confección, calzado, madera, plástico y sus manufacturas, productos químicos, papel y cartón, productos cerámicos, vidrio y sus manufacturas, material eléctrico, material de transporte, instrumentos musicales y muebles, entre otros.
  • Los aranceles tendrán una vigencia de dos años; es decir, del 23 de abril de 2024 al 22 de abril de 2026.

Es importante mencionar que el decreto justifica los incrementos a los aranceles por distintas razones, entre ellas están la afectación de las cadenas productivas de los productos sujetos a la modificación, situación que ha afectado el crecimiento de la economía mexicana.

A raíz de esto, los importadores que planeen introducir las mercancías sujetas al decreto deberán tomar en consideración estas nuevas tarifas temporales.

Los interesados en conocer más detalles o información respecto a este nuevo decreto, pueden contactar a los miembros del equipo de comercio exterior de Holland & Knight, quienes podrán orientarle con la clasificación arancelaria de su producto, confirmar si entra dentro del supuesto de este decreto, así como orientarle en todo tipo de cuestiones de comercio exterior y otros asuntos relacionados.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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