Podcast - Deberes fiduciarios de los administradores
En el sexto episodio de "A Lo Legal En Par Minutos", nuestro socio Edwin Cortés Mejía conversa con Alba Malagón, socia del área corporativa, sobre los deberes fiduciaries de los administradores de una sociedad. Los abogados describen los deberes fiduciarios que tienen los administradores, donde están regulado en Colombia, las consecuencias de incumplir con estos deberes y si el país tiene la regulación que quiere para esa materia.
Edwin Cortés: Hola, bienvenidos a este espacio de Holland & Knight. Soy Edwin Cortés. En A Lo Legal En Par Minutos tratamos temas jurídicos y a veces no tan jurídicos de su interés. Hoy nos acompaña Alba Malagón, socia de la firma y especialista asesora en derecho societario, entre otras muchas cosas. Y con Alba hablaremos hoy de los deberes fiduciaries de los administradores. Hola Alba, bienvenida.
Alba Malagón: Gracias Edwin.
Edwin Cortés: Lo primero es preguntar ¿quiénes son los administradores de una sociedad para estos efectos?
Alba Malagón: Los administradores de la sociedad están establecidos por ley en Colombia. Son el representante legal, los miembros de la junta directiva, el revisor fiscal y, en general, todas aquellas personas que tienen poder de decisión sobre la empresa.
Edwin Cortés: Y ¿cuáles son esos deberes fiduciarios que tienen estos administradores?
Alba Malagón: Está establecido que quien toma decisiones en relación con un negocio tiene una responsabilidad no solamente frente a los accionistas y los miembros que también administro en la compañía, sino frente al mercado en general. Y en esa medida es claro que esas personas tienen una responsabilidad que debe verificarse a través de mecanismos específicos. En este caso, cuando hablamos de deberes fiduciarios, estamos hablando de deberes específicos de lealtad y cuidado en la toma de decisiones.
Edwin Cortés: ¿Y dónde está regulado esto en Colombia?
Alba Malagón: En la Ley 22 de 1995, que está reglamentado a través del Decreto 1074 del 2015 y establece cuál es esa función de uena fe, cuidado y respeto en la diligencia que debe tener un administrador considerado como un buen hombre de negocios.
Edwin Cortés: ¿Cuál es la consecuencia para un administrador en caso de incumplir con sus deberes fiduciarios?
Alba Malagón: En la medida en que un administrador no tome decisiones conscientes debidamente analizadas con un conocimiento amplio y que evite incurrir en conflictos con la sociedad, lo que implica no contraponer sus propios intereses con los de la compañía. Estaría actuando en debida forma. De no hacerlo tendrá que someterse a una responsabilidad directa por cualquier perjuicio que le ocasione, tanto a la compañía como a los accionistas. Y estamos hablando de perjuicios patrimoniales en la medida en que el desarrollo de un negocio deriva en un impacto socioeconómico. Siempre que se desarrolle una empresa.
Edwin Cortés: Una última pregunta. ¿En Colombia ya tenemos la regulación que queremos en esa materia o estamos necesitando alguna mejora?
Alba Malagón: Necesitamos más ajorollo porque la ley, al estar solo en el papel y no aplicarse en la práctica, no permite cerrar el ciclo ajorol del análisis. Hace un tiempo ha habido un mayor ajorollo jurisprudencial que ha permitido tener un ajor entendimiento y en la medida en que se amplíe ese análisis podremos tener entendimiento mayor y mejor sobre el, sobre los beneficiarios.
Edwin Cortés: Bueno. Alba, muchas gracias por acompañarnos y en Holland & Knight les damos las gracias también a ustedes y esperamos que escuchen nuestro próximo episodio.