24 de julio de 2023

Corredor Verde de la Carrera 7 en Bogotá, Colombia

Inició el proceso de selección para la adjudicación de los tres tramos para la renovación de la Carrera 7 de Bogotá
Holland & Knight Alert
Edwin Cortes | Maria Alejandra Gomez | Daniela María Arbeláez

El Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) de Bogotá publicó, el 7 de julio de 2023, los proyectos de pliegos de condiciones para la adjudicación y construcción de los tres tramos del proyecto Corredor Verde de la Carrera 7, desde la calle 24 hasta la calle 200 de la ciudad de Bogotá. El proyecto se encuentra dividido de la siguiente manera:

 

Número del Proceso

Tramo

Objeto del Tramo a contratar

Valor del Tramo a contratar

IDU-LP-DG-004-2023

1

Construcción del Corredor Verde de la Carrera 7 desde la calle 24 hasta la calle 76, ramal de la calle 72, desde la carrera 7 hasta la carrera 13

COP530.025.685.931

IDU-LP-DG-005-2023

2

Construcción del Corredor Verde de la Carrera 7 desde la calle 76 hasta la calle 99 y demás obras complementarias en la ciudad de Bogotá, D.C.

COP330.007.137.628

IDU-LP-DG-003-2023

3

Construcción del Corredor Verde de la Carrera 7 desde la Calle 99 hasta la calle 200, construcción del patio portal ubicado en la carrera 7 por la calle 200

COP1.388.431.610.817

Este proyecto prevé la implementación de sistemas sostenibles de movilidad, prioriza la movilidad sin contaminación, incentiva el uso de la bicicleta y adopta sistemas de transporte público impulsados por energías limpias.

La contratación se efectuará mediante contrato de obra pública y se adelantará mediante un proceso de licitación pública. La adjudicación está fijada para octubre de 2023. Al proceso de selección se pueden presentar personas naturales y jurídicas de forma individual o a través de formas de asociación, consorcio y unión temporal. Los requisitos más importantes para la presentación son:

1. Capacidad Jurídica

El proponente debe contar con capacidad jurídica para presentar la oferta, celebrar y ejecutar el contrato, no estar incurso en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés previstos en la constitución y la ley y no estar reportados en el Boletín de Responsables Fiscales.

La capacidad jurídica se acredita de la siguiente manera:

1.1. Personas Naturales: Cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o pasaporte

1.2. Personas Jurídicas Nacionales o Extranjeras con domicilio en Colombia: Certificado de Existencia y Representación Legal expedido dentro de los 30 anteriores al cierre

1.3. Persona Jurídica Extranjera sin domicilio en Colombia: Documento con el cual se acredite la existencia y representación legal de la sociedad extranjera, con información básica de la compañía (razón social, objeto, representantes y sus facultades, entre otros)

1.4. Entidades Estatales: Acto de creación de la entidad estatal (decreto, ordenanza, acuerdo o certificado de existencia y representación legal) o documento equivalente dónde se conozca la naturaleza jurídica, funciones, órganos de dirección y régimen jurídico de contratación

1.5. Estructuras Plurales: Documento mediante el cual se establezca la intención de las partes de conformar el proponente plural y la calidad del mismo (consorcio o unión temporal), el nombramiento de un representante legal y suplente debidamente facultado, vigencia de la estructura plural y el porcentaje de participación. Asimismo, cada integrante de la estructura plural deberá acreditar los requisitos de existencia y representación legal de forma individual

2. Capacidad Técnica – Experiencia

Debido a que el objeto de los procesos de selección incluye actividades ajenas a la ejecución de obra pública de infraestructura de transporte, el proponente interesado deberá acreditar experiencia tanto en estudios y diseños como en ejecución de obra con mínimo de uno, y un máximo de cinco contratos debidamente terminados dónde verifiquen experiencia en:

2.1. Actividad Principal:

2.1.1. Construcción o rehabilitación o mejoramiento de infraestructura vial para tráfico vehicular de vías urbanas o vías primarias

2.1.1.1. Por lo menos un contrato deberá demostrar la ejecución de redes subterráneas de servicios públicos. No se admitirán contratos cuyo objeto sea exclusivamente el componente de seguridad vial o semaforización, o puentes de un contrato de obra.

2.1.2. Construcción o adecuación o mantenimiento o ampliación o reforzamiento de estructuras metálicas y en concreto, con un área cuya sumatoria sea igual o superior a al 70 por ciento del área a construir en cada tramo

2.1.2.1. Por lo menos uno de los contratos válidos debe acreditar al menos el 50 por ciento del presupuesto oficial para cada tramo.

2.1.3. Actividades Secundarias:

2.1.3.1. Para el Tramo 1: Construcción o reforzamiento estructural de pasos a desnivel vehicular subterráneo o túneles. Cuando se trate de experiencias combinadas, un proponente podrá acreditar experiencia en una o más actividades con un contrato o con contratos distintos.

2.1.3.2. Para el Tramo 2: Construcción de Puentes vehiculares o férreos en estructura en concreto.

2.1.3.3. Para el Tramo 3: i) Construcción de Puentes vehiculares o férreos, en estructura en concreto y ii) construcción o reforzamiento estructural de pasos a desnivel vehicular subterráneo o túneles. Cuando se trate de experiencias combinadas, un proponente podrá acreditar experiencia en una o más actividades con un contrato o con contratos distintos.

3. Capacidad Financiera

Los proponentes deberán acreditar la capacidad financiera con los siguientes indicadores:

3.1. Liquidez: Mayor a 1,21

3.2. Nivel de Endeudamiento: Menor al 70 por ciento

3.3. Razón de Cobertura de Intereses: Mayor a 1

3.4. Capital de Trabajo: Será el resultado de restar el Activo Corriente con el Pasivo Corriente, el cual deberá ser mayor al capital de trabajo demandado en cada proceso de selección

3.5. Rentabilidad del Patrimonio: Mayor al 0,04

3.6. Rentabilidad del Activo: Mayor al 0,02

Los proponentes interesados que ostenten calidad de micros, pequeña y mediana empresas (MIPYMES) tendrán que acreditar un indicador de liquidez mayor a 1,11, un índice de endeudamiento inferior al 70 por ciento, razón de cobertura de intereses mayor a 0 y una rentabilidad del patrimonio y del activo mayor a 0.

Dentro de los requisitos puntuables que serán evaluados en el desarrollo del proceso de selección, se encuentran la oferta económica, el apoyo a la industria nacional, la vinculación de personal con discapacidad, el emprendimiento de empresas de mujeres, la calidad de MIPYMES y el factor de calidad. Este último será evaluado y se le asignará puntaje, siempre y cuando el proponente se comprometa a utilizar la maquinaria con una antigüedad menor a 20 años.

El IDU está estimando adjudicar este proyecto para octubre del 2023.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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